jueves, 1 de octubre de 2009

VaMoS PoR La CuRsAda EsPeCiAL PaRa EmBaRazAdAs!!!


Desde el Movimiento Univ. SUR de la UNLa estamos orgullosos de estar impulsando un proyecto como este que garantice el "real" acceso de las compañeras a las mismas oportunidades de cursar y de rendir, ya que, auunque a veces parezca que, hay muchas estudiantes que dependen de "la buena onda" del docente para no quedar libres, o deben venir a cursar cuando deberian hacer reposo, o pierden una fecha de final por estar en medio del periodo de parto...por citar algunos ejemplos de como una compañera estudiante puede abandonar la carrera o la materia en curso por el simple hecho de estar embarazada...


Eso es defender los derechos de los y las estudiantes, organizarnos, pensar proyectos, organizar juntada de firmas para avalar el proyecto, charlar con los estudiantes...en solo 3 dias de juntada llevamos cerca de 400 firmas!!!

lo que nos dice que debemos seguir por ese camino, el de la comunicacion con los estudiantes de las distintas carreras, apostar al "boca en boca" sobre el proyecto y juntar miles de firmas que garanticen que este proyecto no duerma en un cajon...

Esto es lo que debemos hacer con cada uno de los proyectos que surjan desde y para los y las estudiantes, organizarnos, colectivizar ideas, y llevarlas a cabo...

dejamos adjuntado aqui abajo lo mas importante del proyecto para que conozcan y difundan compañer@s!

nos mantenemos en contacto via MAIL: surlanus@yahoo.com.ar


VISTO:
* Que existen circunstancias extraordinarias en las cuales los alumnos deben interrumpir el cursado académico cierto lapso de tiempo, por causales tales como embarazo, post-parto, entre otras.

* Que existe compromiso adquirido por esta casa de altos estudios con los derechos humanos.

* Que la educación es un derecho universal.
* Que se explicita la necesidad de la institucionalización de instrumentos que garanticen el acceso a la educación para todos y todas.

* Que en nuestra universidad existe un número mayoritario de mujeres, habiendo actualmente una cantidad minoritaria de mujeres embarazadas y una mayoritaria de casos de atravesamiento de dicha situación a futuro.

* Que existe deserción estudiantil por motivo de embarazo.


AL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS SE PROPONE QUE RESUELVA:

Artículo 1: Reglamentar un régimen especial de asistencias acorde a las necesidades de las estudiantes embarazadas que contemple lo siguiente:

a) Entre un 45% y un 65% de asistencia obligatoria a las clases llevadas a cabo en las distintas modalidades de enseñanza (clases teóricas, prácticas y seminarios obligatorios) pertenecientes a las distintas materias de las distintas cátedras; entiéndase, acceso a más faltas de las establecidas actualmente, con el fin que la estudiante embarazada no esté a merced de perder su regularidad;
b) Que puedan presentarse a rendir en cualquiera de las instancias de comisiones de trabajos prácticos en el período de exámenes parciales, o bien;
b’) En los casos de embarazos conflictivos, que requiera reposo, una alternativa al examen presencial que sea la metodología de parcial domiciliario o trabajo práctico con flexibilidad en la entrega del mismo, para que ésta no esté a merced de perder ni su condición de aprobada ni su posibilidad de promoción sin examen final en las materias que cuentan con dicha posibilidad.
c) Una prioridad en el momento de presentarse a rendir en las distintas instancias de exámenes finales, entiéndase, que se llame a rendir primero a las estudiantes embarazadas.

Artículo 2: Que el reglamento también contemple que, la estudiante durante el período de cursada de materias, puede atravesar la situación de parto, y que es necesario implementar una licencia por maternidad post-parto, que cuide la no deserción de la beneficiada, con una tolerancia a las faltas que la misma requiera según la particularidad de cada estudiante, aplicándose, asimismo, en calidad de exámenes parciales, lo mencionado en el art. 1, inciso b y b’.

Artículo 3: El artículo 1 también se aplicará para las mujeres estudiantes que estén transitando los seis primeros meses luego del parto, contemplando el período de lactancia.

Artículo 4: Aceptar las miles de firmas de estudiantes de esta casa de estudios en pedido de una Cursada Especial para Mujeres Estudiantes Embarazadas.

Artículo 5: Aceptar que los y las docentes, en su mayoría, han estado de acuerdo con la promoción de ésta política, cediéndonos tiempo y espacio en sus aulas para que la trasmitamos.

Articulo 6: Reconocer y promover la EDUCACION como un derecho inherente a todo ser humano.

Artículo 7: Reconocer y promover la EQUIDAD DE GÉNERO dando la posibilidad de que LAS estudiantes embarazadas tengan las mismas posibilidades de continuidad de sus estudios que el resto de la comunidad estudiantil.

Articulo 10: En caso de existir alguna situación que no se ha tenido en cuenta en esta reglamentación o que se deba debatir alguna modificación en la misma, se procederá a su reformulación, solicitando que sea en el día de la fecha y, siempre y cuando tal corrección sea pertinente y coherente con los puntos antes mencionados.

Articulo 11: De forma.
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